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viernes 22 de octubre de 2021
Tras nueva reglamentación Ecuador podría cumplir meta de movilidad eléctrica para 2025
Si bien le correspondía al Gobierno anterior hacerlo, la reglamentación llegó recién esta semana. La misma le permitirá a Ecuador desarrollar la electromovilidad en el territorio, especialmente en el transporte público y de carga.
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Tras dos años y siete meses de reclamo por parte del sector de energía y movilidad eléctrica, la Ley Orgánica de Eficiencia Energética (LOEE) obtuvo por fin su reglamentación. De esta manera, el país da un paso más para cumplir uno de los ambiciosos objetivos planteados en la normativa: 

“A partir del año 2025 todos los vehículos que se incorporen al servicio de transporte público urbano e interparroquial, en el Ecuador continental, deberán ser únicamente de medio motriz eléctrico. En el caso de la región Insular, esta medida será evaluada por el Comité Nacional de Eficiencia Energética (CNEE)”. 

En consecuencia, con este reglamento se encauzaría la meta insignia de Ecuador dado que a partir de ahora se apuntará a “desarrollar y estructurar la normativa necesaria para aplicar lo dispuesto en la LOEE”. 

Varias personalidades del sector esperaban que esta decisión se tome bajo el mandato del presidente Guillermo Lasso, teniendo en cuenta que, durante el gobierno previo de Lenín Moreno, el exministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, René Ortiz, había descartado esta reglamentación alegando que el sistema eléctrico estaba “sobrerregulado”.

“El ministro último no entendía lo que representa para el desarrollo del país y el cuidado del medio ambiente apostar por energías renovables y electromovilidad”, había comentado Esteban Albornoz, presidente de la Asociación Ecuatoriana de Movilidad Eléctrica y Sostenible (ASECMOVEL)  a Portal Movilidad meses atrás.

De hecho, Albornoz, quien insiste por este reglamento desde 2019 cuando se sancionó la LOEE, celebró la nueva noticia en sus redes sociales.


¿Cuáles serán los demás compromisos con la electromovilidad?

Partiendo de esta base, cabe recordar que la normativa también se compromete a que se tomen las políticas, mecanismos e infraestructura necesaria para promover la movilidad eléctrica en el territorio. 

A su vez, el transporte público, de carga pesada y de uso logístico por medios eléctricos se priorizará en la planificación pública, mientras que el Ministerio rector de la política de transporte, y con aprobación del CNEE, establecerá de forma progresiva los límites en niveles de consumo y emisiones que deberán cumplir los vehículos automotores nuevos, de cualquier tipo, que se comercialicen en el país. 

Para la comercialización de cualquier tipo de vehículo nuevo, éste contará y exhibirá con claridad la etiqueta de eficiencia energética que informe al consumidor sobre el cumplimiento de los límites y condiciones de eficiencia energética. 

Por último, el Gobierno Nacional a través de los ministerios competentes creará un plan de chatarrización para los vehículos de trabajo de personas naturales y del transporte público que salgan de servicio y que se reemplacen por vehículos de medio motriz eléctrico.

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