Chile | Infraestructura de Carga
jueves 29 de octubre de 2020
Cómo impactaría en el mercado de la electromovilidad la ley de eficiencia energética en Chile
Hay cuatro normas dentro del proyecto que generarán un impacto en el sector de la movilidad eléctrica. Pasando por incentivos, interoperabilidad y estándares de eficiencia energética, la ley tendrá un carácter de relevante importancia al tratarse de la primera de estas características en el país.
Compartí la nota

Distintas voces se están expresando en los últimos días, comentando que sería de carácter inmediato el último tratamiento al proyecto y la promulgación de la Ley de eficiencia energética en Chile.

De concretarse, se trataría de un hecho importante para el país como complemento a la transición energética y por ser uno de los pocos países de la región que no tienen reglamentaciones de este tipo.

Es una discusión que lleva más de un año en el Congreso, que fue aprobada por la Cámara de Diputados y se encuentra en la instancia de votación en Cámara de Senadores. “Estamos muy cerca de concluir la discusión”, comentó a Portal Movilidad Andrés Rebolledo, el economista y político del país, además de Director de AVEC (Asociación Gremial de Vehículos Eléctricos de Chile).

El proyecto contempla varios mecanismos que deberán reglamentarse después de su publicación y donde será fundamental el papel del Gobierno para tomar las acciones que corresponden para su cumplimiento.

La ley incluye, entre otras cuestiones, cuatro normas que terminarán impactando directamente sobre la electromovilidad. Al respecto, Rebolledo sostiene: “Ojalá sea una contribución al desarrollo del sector”.

Por un lado, el texto le mandata al gobierno a establecer una norma y los mecanismos que garanticen la interoperabilidad de la infraestructura de carga de vehículos eléctricos.

Esto está definido en el artículo 6, que de aprobarse citaría: “El Ministerio de Energía regulará la interoperabilidad del sistema de recarga de vehículos eléctricos, pudiendo normar el funcionamiento de la referida interoperabilidad, así como requerir la información que a tal efecto sea pertinente a los instaladores de cargadores, todo ello en conformidad con el reglamento que se dictará al efecto.”

“En ese sentido queda un compromiso que hay que operativizarlo”, agrega Andrés Rebolledo.

Un segundo elemento de carácter financiero tributario puede impactar en la movilidad eléctrica: se habilitaría al Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile a tratar contablemente la compra de un vehículo eléctrico bajo la modalidad de depreciación acelerada, lo que implicaría un incentivo al sector.

Andrés Rebolledo, economista y político de Chile

Otra cuestión que adecuaría la ley es la declaración del hidrógeno como energético que pueda contribuir a la electromovilidad. “Sobre lo cual se tendrá que producir una regulación mucho más explícita”, comenta Andrés Rebolledo.

El último impacto que puede tener el sector es que se establecerían estándares de eficiencia energética y medioambientales para los vehículos en general.

Por esta norma, el regulador va a poder contar por tres veces el cumplimiento del estándar para el caso de los vehículos eléctricos en función de la comparación litro/km a kwh/km.

“Le va a permitir a los vehículos eléctricos cumplir de manera más holgada este estándar que tiene por finalidad que los importadores tengan un incentivo, es muy importante y fundamental”, asegura el economista.

Esta puede ser la norma junto con la de depreciación acelerada que tengan las condiciones para una aplicación inmediata una vez aprobada la ley.

“Es un paso interesante”, concluye Andrés Rebolledo, quien agrega: “Si no hay modificaciones mayores, ojalá tengamos la ley para antes de finales de este año”.

Destacados.