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jueves 13 de enero de 2022
Obligatorio: Dos aparcabicis por cada piso nuevo en edificios y oficinas
Todos los edificios residenciales y no residenciales nuevos y renovados de Europa deben ofrecer plazas para aparcar bicicletas en 2027: al menos eso incluye la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios de la Comisión Europea, según informa la European Cyclists' Federation (ECF).
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Lo explica Fabian Küster, el responsable de analizar los asuntos legales de la Unión Europea dentro de la European Cyclists’ Federation (ECF): la Comisión Europea ha presentado hace unas semanas una propuesta para revisar la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD), en la cual se ha incorporado una importante petición a cargo de la propia ECF en todo lo que respecta a espacios para aparcar bicicletas y que debería aprobarse el próximo 8 de marzo.

Como cuenta Küster, la primera Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios fue pubicada en 2010, y no incluía ningún aspecto relacionado con la movilidad.

Fue en 2018 cuando la Comisión Europea introdujo una serie de requisitos que, como era de prever, sólo tenían en cuenta a los coches eléctricos y sus infraestructuras de carga.

Algo que movilizó a la ECF, que se puso en marcha con una solicitud: que los edificios residenciales nuevos y renovados tengan, al menos, de 1,5 a 2 plazas de aparcamientos de bicicletas por unidad residencial y que el 10% de dichas plazas estén concebidas para bicis de mayor tamaño como cargo bikes.

Pero la petición de la ECF no quedó ahí: también incluye que en los edificios no residenciales de nueva construcción o reformados haya también espacios para aparcar bicicletas, al menos para el 15% de los empleados y clientes que puedan acudir al edificio.

Pues bien: parece que la Comisión Europea ha aceptado estas propuestas, y las incluirá en la nueva Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios. En concreto, y siempre según Küster y la ECF, habrá «al menos dos plazas de aparcamiento de bicicletas por cada vivienda en los edificios residenciales nuevos y rehabilitados con más de tres plazas de aparcamiento», «al menos una plaza de aparcamiento de bicicletas por cada plaza de aparcamiento de vehículos en edificios no residenciales nuevos y rehabilitados con más de cinco plazas de aparcamiento», según informó Ciclosfera.

Y «al menos una plaza de aparcamiento de bicicletas por cada plaza de aparcamiento en todos los edificios no residenciales existentes con más de 20 plazas de aparcamiento para 2027».

La ECF lo valora como «una muy buena noticia y una mejora significativa con respecto a la versión anterior de la Directiva», pero sigue subrayando algunos fallos.

Así, por ejemplo, las normas «solo se aplicarían a los edificios donde el aparcamiento esté físicamente adyacente al edificio y no a los edificios en los que el aparcamiento esté situado dentro del edificio», algo incomprensible y para lo que se ha pedido aclaración.

Tampoco resulta lógico que se incluya una cláusula según la cual, en los edificios no residenciales, «los Estados pueden ajustar los requisitos para el número de plazas de aparcamiento de bicicletas […] para categorías específicas de edificios no residenciales en los que las bicicletas suelen utilizarse menos como medio de transporte», ya que eso permitiría que dichos edificios no cuenten con estacionamientos ciclistas.

Como explica Küster, «la propuesta de la Comisión Europea es un gran paso en la dirección correcta (…). Pero quedan grandes desafíos: la guinda del pastel habría sido introducir requisitos mínimos para la carga de bicicletas eléctricas».

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