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viernes 08 de julio de 2022
El trabajo regulatorio español abre paso a nuevos proyectos de infraestructura de recarga
Desde Evectra destacan las tres normativas publicadas en los últimos meses que permitieron el incremento de adjudicaciones de proyectos de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Evectra pone sus expectativas en los nuevos reales decretos.
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En el último año se publicaron tres reales decretos importantes para el sector que posibilitaron que empresas como Evectra puedan encaminar nuevos proyectos y surjan oportunidades para consolidar la penetración de los coches eléctricos.

“Se ha generado un punto de inflexión en este último año con regulaciones que han propiciado el impulso de la movilidad eléctrica”, reconoce en este sentido David Rodríguez, CEO de Evectra en contacto con Portal Movilidad.

En general, todas las expectativas están puestas en que “los nuevos reales decretos contribuyan a disminuir el tiempo en la obtención de permisos de obra”.

Específicamente en el sector de las gasolineras las acciones han generado un movimiento que, hasta el momento no estaba sucediendo, sostiene.

“Entendemos que, si las gasolineras están ubicadas en sitios con gran circulación tanto de turismos como de camiones, es interesante que cuenten con un punto de recarga de 150 kW”, comenta el CEO de Evectra.

Esto se debe a que el 20 de mayo del 2021 entró en vigor la Ley de Cambio Climático y Transición Energética que manifiesta que deben instalarse puntos de recarga en estaciones de servicio.

Esta medida abarca a todas aquellas que hayan superado ventas agregadas de más de 10 millones de litros anuales de gasóleos y gasolinas, según los datos de facturación de 2019.

Las estaciones de servicio que cumplan con ese parámetro deberán instalar un punto de recarga de 150 kW, mientras que las que facturen más de 5 millones de litros deberán ser de al menos 50 kW.

Otro aspecto pendiente de definición era el alcance de la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) bt-52. Esta medida regulaba las nuevas construcciones e instalación en las mismas, pero no incluía los parkings ni construcciones ya edificadas.

Por ello, en diciembre de 2021 fue lanzado el Real Decreto-ley 29/2021, en el que se adoptan medidas en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.

En su artículo IV se establece una dotación mínima de estaciones de recarga que deberán tener, antes del 1 de enero de 2023, los aparcamientos adscritos a edificios de uso distinto al residencial privado existentes, así como los estacionamientos existentes no adscritos a edificios.

Se detalla que los edificios no residenciales privados y los parkings no adscritos deberán instalar puntos de recarga cuando dispongan de más de 20 plazas de aparcamiento, de un modo proporcional al número de plazas.

Con carácter general, dispondrán de una estación de recarga por cada 40 plazas o fracción, hasta 1.000 plazas. En el caso de la Administración General del Estado serán de 20 hasta 500 plazas y una estación más por cada 100 plazas o fracción.

En la normativa,  también se recoge la simplificación de la diligencia burocrática por medio de la presentación de declaraciones responsables, aunque la tarea “continúa siendo compleja”, según la experiencia del CEO de Evectra.

En esa línea, agrega: “La gestión para la obtención de los permisos de obra requiere de un gran trabajo”.

En ese marco, Rodríguez resalta el último decreto – 184/2022 – publicado el 8 de marzo del corriente año, por el cual se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética a vehículos eléctricos.

La normativa dispone los derechos y obligaciones de los operadores de los puntos de recarga y de las empresas proveedoras de servicios.

Además, pretende dinamizar el camino hacia el objetivo de los 100 mil cargadores en 2023.

En ella, se establece el rol de los agentes, creando dos figuras jurídicas hasta el momento conocidas, pero no establecidas legalmente.

Por un lado, el Operador del Punto de Recarga (CPO), titular de los derechos de explotación de las estaciones de recarga y responsable de su operación física.

Y, por otro,  la empresa proveedora de servicios para la movilidad eléctrica (EMSP), un intermediario entre los operadores y los usuarios de vehículos eléctricos, que puede prestar servicios de valor añadido a dichos clientes.

Pese a la pretensión de estos reales decretos, el CEO de Evectra aclara que no va a ser difícil que todas las empresas lleguen a cumplir el plazo con las reconstrucciones.

“Para poder cumplir los plazos, las empresas deberían apoyarse en compañías expertas en realizar proyectos globales de infraestructura de recarga. Sin duda, les ayudarán a optimizar la inversión y los plazos y adecuarlo a sus necesidades, con la seguridad de cumplir la normativa” , fundamenta Rodriguez.

Nuevas oportunidades

Las regulaciones dictadas no sólo suponen un impulso a la contratación de nuevos proyectos de consultoría, sino  también a la ejecución de proyectos de ingeniería en los que Evectra permite definir el diseño y el direccionamiento de los proyectos de puntos de recarga.

A su vez, Evectra trabaja para diversas empresas energéticas, entre las que destacan Iberdrola, EDP, Endesa X y Naturgy, así como con referentes de carga ultrarrápida como Ionity y Tesla.

Y también, entre los clientes de la compañía se encuentran empresas de transporte colectivo con proyectos de electrificación de cocheras y de gestión de residuos con el foco en la transición de las flotas al vehículo eléctrico, incluidos los de alto tonelaje.

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