España | Infraestructura de Carga
viernes 30 de julio de 2021
Cuál es la normativa de los puntos de carga para vehículos eléctricos en edificios en España
Otro de los factores a tener en cuenta en la transición a la movilidad eléctrica tiene que ver con el futuro de los edificios y especialmente de sus zonas de aparcamiento.
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Según supone el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), para el 2030 habrá un aumento significativo del parque vehicular de coches eléctricos.

Es por eso que la Federación Nacional De Empresarios De Instalaciones De España (FENIE), junto a otras 23 organizaciones del sector, consideran que si se llega a la suma pensada (5 millones) será necesaria la instalación de 2.500.000 puntos de recarga en viviendas (1 por cada 2 de estos vehículos).

Esto se encuentra estipulado en dentro de un Macroproyecto Tractor sobre la rehabilitación de las instalaciones de los edificios.

“La instalación de puntos de recarga en las viviendas es un aspecto crítico para que la mayor parte de las recargas se realicen en horas valle de consumo dotando de estabilidad, equilibrio y eficiencia al sistema eléctrico”, resaltan.

Un aspecto que va en la misma línea con el interés de los usuarios, quienes prefieren apostar por un coche eléctrico si pueden tener un cargador en sus viviendas.

“Para aquellas personas que tienen esta opción de instalación, es más sencillo dar el salto a la compra de un vehículo electrificado. Prácticamente el 100% de clientes que adquieren un vehículo eléctrico y tienen una plaza en propiedad instalan el punto de recarga”, señala Enrique Alías Altares, CEO de CargaTuCoche a Portal Movilidad.

Es que, según expresa Alías Altares, a nivel doméstico se consiguió eliminar las trabas de los permisos comunitarios, además de acelerar y simplificar el proceso de instalación.

Entonces, mientras el interés y las facilidades para conseguir un punto de recarga en las viviendas va aumentando, ¿qué ocurre con las zonas de aparcamiento en edificios no residenciales?

María Teresa Villescas Aranda, Subdelegada de la Asociación de Usuarios de Vehículos Eléctricos (AUVE) para la Región de Murcia, advierte a Portal Movilidad que no solo es necesario dar la licencia para un aparcamiento sino que “se debe asegurar que realmente sea efectivo”.

“Se debe asegurar la legislación que obliga a que cada 40 plazas haya un punto de carga. Eso, todavía, hay veces que no ocurre. Hay casos en que se precisan aplicaciones que utilizan wi-fi y la conexión en el lugar es mala. También hay problemas de localización, que el punto se coloca en una parte donde hay humedad y daña la estructura, y termina sin funcionar”, remarca.

El impacto de la movilidad eléctrica en el futuro de los edificios

Según lo dispuesto en la Directiva (UE) 2018/844 se exige a los países miembros que elaboren estrategias de renovación a largo plazo para apoyar la renovación de los edificios residenciales y no residenciales a más tardar en 2050.  

Razón que llevó a la modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Es así como los edificios nuevos y los que sufran rehabilitaciones de importancia estarán obligados a contar con una preinstalación que permita tener puntos de recarga para coches eléctricos.

En el caso de los residenciales privados serán en un 100% de las plazas de aparcamiento, mientras que el resto de edificios los tendrán en el 20% de las plazas antes del 1 de enero de 2023.

Asimismo, el nuevo CTE concreta que en edificios de la Administración General del Estado, será un punto de recarga por cada 20 plazas.

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