Colombia | Vehículos Eléctricos
jueves 30 de septiembre de 2021
Colombia ratifica su apuesta por la movilidad eléctrica con la Ley de Acción Climática
Ayer fue radicado ante el Congreso de la República el proyecto de Ley de Acción Climática que aspira a que Colombia alcance la carbono neutralidad en 2050.
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Ayer el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Carlos Eduardo Correa, presentó en el Congreso el proyecto de Ley de Acción Climática. La iniciativa cuenta con la firma de ocho ministros: Hacienda y Crédito Público; Agricultura y Desarrollo Rural; Minas y Energía; Vivienda, Ciudad y Territorio; Transporte; Interior; Comercio, Industria y Turismo; Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Con esta Ley que contiene 196 acciones de mitigación y adaptación climática se busca crear unas condiciones mínimas a corto, mediano y largo plazo que le permitan al país alcanzar la carbono neutralidad a 2050.

Según el ministro, es un proyecto de Ley que toma como referente la NDC 2030 fortaleciendo el marco político y normativo de la acción climática del país en los próximos años mediante la definición legal de medidas y metas mínimas, incluyendo la gestión y la financiación.

Si se aprueba la Ley de Acción Climática pretende a 2030: reducir a cero la deforestación, reducir las emisiones de carbono negro en un 40 %, refrendar la meta de disminuir en un 51 % las emisiones de GEI, y dictar medidas para lograr la resiliencia climática.

Asimismo, establece que se deben alcanzar los 600 mil vehículos eléctricos en circulación, propósito ya establecido en la Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica (ENME) publicada en 2019.

En ese sentido, el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible indica: “Vamos a disminuir el 15% del consumo de energía en el sector industrial, disminuir 11 millones de toneladas en el sector minero energético, que el 30% de los vehículos circulantes sean eléctricos al año 2030 y este camino lleno de muchas de estas acciones nos va a permitir crear nuevos modelos de desarrollo, de negocios sostenibles en economía circular”.

Además, menciona que en los próximos días se radicará mensaje de urgencia para que esta iniciativa pueda ser aprobada en el Congreso en aproximadamente un mes.

Esto acompaña también a la Ley 1964 del 11 de julio de 2019 donde se determina que dentro de los seis años a la entrada en vigencia el Gobierno nacional en su conjunto y municipios deberán cumplir con una cuota mínima del 30% de vehículos eléctricos en las unidades que anualmente sean comprados o contratados para su uso.

En esa línea, las ciudades que cuenten con Sistemas de Transporte Masivo (SITP) deberán lograr que a partir de 2025 mínimo 10% de los vehículos adquiridos sean eléctricos; hacia 2027 el 20%; en 2029 el 40%; a partir de 2031 el 60%; ya hacia 2033 el 80%; y finalmente desde 2035 todos serían cero emisiones.

El proyecto de Ley de Acción Climática tiene 24 artículos organizados en seis títulos: Título Uno con disposiciones generales, objeto, alcance, pilares y definiciones; título dos con metas nacionales para la Carbono neutralidad, la resiliencia climática y el desarrollo bajo en carbono.

El tercer título contiene las metas para la mitigación; el cuarto incluye las medidas para la promoción y el desarrollo de los mercados de Carbono; el quinto contiene la implementación, seguimiento y financiación de las metas y medidas para el logro de la Carbono neutralidad y la resiliencia climática del País; el sexto con otras disposiciones.

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