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martes 04 de mayo de 2021
¿Avanza? Ecuador espera al Ejecutivo por la ley que beneficia a la movilidad eléctrica
Tras la aprobación de la reforma de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la norma pasó a una nueva instancia a manos del poder Ejecutivo que deberá vetarla o sancionarla.
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Luego de tres años, finalmente la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la reforma de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en la que se suscribe una serie de artículos que contempla e incentiva la movilidad eléctrica en el país. 

La aprobación llegó el pasado viernes 30 de abril con 96 votos a favor, 32 abstenciones y cero en contra. Ahora, la norma deberá esperar la palabra del Poder Ejecutivo, que deberá sancionarla o vetarla en un plazo de 30 días. 

Se espera igualmente que en dicha instancia se realice una serie de observaciones y cambios a la ley, como suele suceder en estos casos. 

En consecuencia, si se veta, la norma volvería a manos de la Asamblea, que no puede hacer modificaciones en el texto sino que debe tomar dos caminos: adherir a los cambios que propone el Ejecutivo o ratificar su versión original.

De llegar a la última situación, se abrirá una sesión entre los asambleístas para un nuevo debate y llegar a un acuerdo. Superada esta instancia, la ley tendrá su aprobación final. 

Las modificaciones a la Ley

Además de la incorporación de incentivos, la reforma que destaca en la normativa es la septuagésima primera que indica que “a partir del quinto año de entrada en vigencia de la Ley, la reposición de vehículos de transporte terrestre comercial, que cumplan la vida útil autorizada para su funcionamiento, se renovarán por vehículos eléctricos”. 

Luego, aclara: “Siempre que se garantice la infraestructura necesaria que permita la prestación del servicio de transporte eléctrico dentro de la respectiva jurisdicción”. 

Es decir, aquellos vehículos que brinden un servicio a terceros a cambio de una prestación económica (no se incluye a los colectivos o masivos) y alcancen su punto límite de funcionamiento acreditado deberán ser cambiados por eléctricos. 

Al respecto, Alfredo Samaniego, asesor en la Asamblea Nacional, señala: “Si bien estas modificaciones no se equiparan con una ley específica de movilidad eléctrica, hay cosas muy buenas y fuertes como la reforma de los cinco años, que adelanta muchos plazos de la región”. 

Y agrega: “Mirando esta regla con la visión de hoy, puede no observarse de forma tan optimista pero quizás no hay que adelantarse. Los precios vienen cayendo y la tecnología evoluciona rápidamente. No me atrevería a dar una opinión ahora, esperaría unos tres años a ver qué pasa”. 

Las carencias en la regulación de la electromovilidad a contemplar

Para Samaniego, aún hay temas pendientes que deben ser regulados y que son parte del proceso de transición. 

Uno de ellos es el de la homologación, que facilitaría la comercialización de vehículos eléctricos así como también ordenaría el sistema de carga. 

“Si existe una estandarización desde un principio va a ser más fácil tener una red de carga más homogénea y optimizada”, explica y cierra: “No solo hay que pensar esto desde el enchufe, sino también desde las velocidades, los tiempos de carga y la capacidad de los cargadores”.

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